El servicio de asesoramiento en materia de inversión consiste en la prestación de recomendaciones personalizadas a un cliente, sea a petición de éste o por iniciativa de la empresa, con respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros, según define la CNMV. Concretamente, en el ámbito del capital privado, si el inversor es minorista e invierte menos de 100.000 euros, es obligatorio que reciba dicho asesoramiento, un servicio que prestamos en Crescenta de manera 100% digital.
El servicio de asesoramiento ha de prestarse de acuerdo con las normas de conducta de los mercados de valores, en especial en lo relativo a la evaluación de la idoneidad de los instrumentos financieros que se recomiendan al cliente atendiendo a sus circunstancias, conocimientos y objetivos de inversión, a la claridad e información previa sobre los costes y los gastos asociados, así como a la necesidad de que cada recomendación conste por escrito o de manera fehaciente.
Según señala la CNMV, al asesorarle, la entidad debe recomendar al futuro inversor los productos que mejor se ajusten a su situación personal, para lo cual tendrá que analizar sus conocimientos y experiencia previos, así como sus objetivos de inversión y su situación financiera.
El conjunto de preguntas que se formulan para obtener esta información se llama test de idoneidad. Si el inversor decide contratar el producto que ha resultado más adecuado para él en ese momento, la entidad deberá entregarle una copia por escrito o en soporte duradero de la descripción de cómo se ajusta la recomendación realizada a las características y objetivos del inversor. Esta recomendación siempre deberá de ser coherente con todos los aspectos evaluados del cliente.
Los datos deben permitir conocer su experiencia y conocimientos, situación financiera y objetivos de inversión. Las entidades tienen la obligación de solicitar información con la única finalidad de conocer mejor al cliente y así poder ayudarle a tomar la decisión más adecuada.
Antes de invertir, y para cumplir con la regulación MiFID, el inversor tendrá que realizar dos test:
Esta obligación la marca la Ley Crea y Crece, que rebaja los límites de inversión en capital privado de 100.000 a 10.000 euros, siempre que el inversor de menos de 100.000 euros cuente con el debido asesoramiento financiero.
Con el fin de darte una experiencia óptima hemos digitalizado este servicio, creando una experiencia ágil, segura y pensada para ayudarte a tomar la mejor decisión de inversión.
Este contenido es meramente informativo. Se trata de un contenido de formación financiera que Crescenta pone a su disposición, sin intención de emitir ningún tipo de recomendación personalizada de inversiones.
No se trata en ningún caso de publicidad de ningún tipo de instrumento financiero, ni una recomendación u oferta de compra.
Autor
Crescenta
Al hacer clic sobre cualquier término subrayado, aquí podrás ver una definición y ejemplo de cada concepto
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